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 La mañana de este lunes 18 de junio, el C. Juez Décimo Segundo de lo Civil en el Distrito Federal, el Licenciado Carlos Miguel Jiménez Mora, condenó en Sentencia Definitiva a Carlos Trejo y conductores y productores de TELEVISA, al pago de $2,000.000.00 (Dos Millones de Pesos 00/100) por concepto de reparación de daño moral ocasionado a Michelle Vázquez Avilés
El procedimiento, llevado a los Tribunales del Distrito Federal a causa de las imágenes que el autodenominado ‘cazafantasmas’ publicitó en distintos programas de TELEVISA, mismas que ocasionaron un daño moral irreversible a la joven Vázquez Avilés, concluyó con el fallo en contra de Carlos Enrique Trejo Ávila, Televisa, S.A. de C. V., Yordi Galo Rosado Álvarez, Israel Jaitovich Cortés, Adalberto Javier Ramones Martínez, Salvador Ortiz y Jorge Muñiz. El C. Juez, determinó que el daño moral existió y asimismo, asignó un monto de $2,000.000.00 (Dos Millones de Pesos 00/100) para la reparación del daño, mismos que serán pagados por el demandado y los codemandados conjuntamente. Al respecto, la representació n de Vázquez Avilés, BUFETE ZÚÑIGA & ASOCIADOS, afirmó que si bien están de acuerdo con los resolutivos del señor Juez ya que estos reflejan en su contexto un estudio profundo del juicio, propio de sus elevados conocimientos jurídicos, gran experiencia y acrisolada honradez mismos que se encuentran perfectamente fundados conforme a derecho.
“No obstante el estudio ejemplar del Juez Jiménez Mora, sucede que el monto que asignó, que bien puede aparecer como una suma cuantiosa, definitivamente no corresponde con el daño que se ocasionó a mi representada, en virtud de que Michelle ha tenido que soportar el mote de ‘la posesa’ y con ello, una serie de humillaciones que van desde el insulto en la calle, hasta la discriminació n’, afirmó Yadar Zúñiga Loera, abogado de Vázquez Avilés.”
Por último, el abogado mostró su beneplácito por haber demostrado que, contrario a lo que el demandado y algunos medios de comunicación mencionaron en su oportunidad, el asunto de Michelle, no era algo improvisado y menos un asunto que tuviera que ver con una ambición económica.
Por el contrario, aseguró, ‘se trató en todo momento de un daño terrible y de consecuencias irreversibles que el señor Trejo con el único afán de lucro, causó alevosamente’ , concluyó.
Los puntos resolutivos del Juez fueron:
PRIMERO.- Ha procedido la vía ordinaria civil en el presente juicio en el que la parte actora en el principal probó parcialmente su acción y los codemandados; CARLOS ENRIQUE TREJO ÁVILA, TELEVISA S.A. DE C. V., YORDI GALO ROSADO ÁLVAREZ, ISRAEL JAITOVICH CORTÉZ Y ADALBERTO JAVIER RAMONES MARTÍNEZ, no justificaron sus excepciones y defensas y los codemandados SALVADOR ORTÍZ Y JORGE MUÑIZ se constituyeron en rebeldía, en consecuencia ------------ --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------
SEGUNDO.- Se condena a los codemandados en el principal CARLOS ENRIQUE TREJO ÁVILA, SALVADOR ORTIZ, JORGE MUÑIZ, TELEVISA S.A. DE C. V. YORDI GALO ROSADO ÁLVAREZ, ISRAEL JAITOVICH CORTÉZ Y ADALBERTO JAVIER RAMONES MARTÍNEZ, de manera conjunta y solidaria a pagar a la actora en el principal LIZBETH MICHELLE VÁZQUEZ ÁVILES, la cantidad de $2,000.000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100) en el plazo de cinco días a contar de que sea legalmente ejecutable este fallo, con apercibimiento que de no hacerlo se les embargarán bienes suficientes de su propiedad que basten a garantizar el importe de lo sentenciado. ------------ --------- --------- --------- ---
TERCERO.- También se condena a los demandados antes mencionados en forma solidaria y a su costa a difundir un extracto de la presente sentencia, que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma a través de los medios informativos de los canales 4 y 5 de televisión en su programación que inicia en horario de 12:00 horas en el primero de dichos canales y 21:00 horas el segundo con la misma relevancia que tuvo la difusión de la videograbació n de la actora en dichos canales de televisión y el codemandado JORDI ROSADO cuyo nombre correcto es YORDI GALOS ROSADO ALVAREZ a difundir a su costa el extracto de la sentencia en los mismos términos antes señalados en el programa radiofónico "QUE PEX", transmitido por EXA 104.9 FM lo que deberá hacer en el plazo de cinco días contados a partir de que sea legalmente ejecutables esta sentencia.-- --------- --------- --------- --------
CUARTO.- Se absuelve a los codemandados en el principal de las prestaciones que les reclamó la actora en los incisos B), C), F) y G) de la demanda. ------------ --------- --------- --------- -----
QUINTO.- En cuanto a la reconvención, el reconvencionista no probó su acción y la reconvenida justifico sus excepciones, en consecuencia. ------------ --------- --------- --------- --------- --------- --------- ---
SEXTO.- Se absuelve a LIZBETH MICHELLE VÁZQUEZ AVILES de todas las prestaciones que le reclamó CARLOS ENRIQUE TREJO AVILA. ------------ --------- --------- --------- --------- --------- --
SEPTIMO.- No se hace condena en costas en esta instancia. ------------ --------- --------- --------- -------
OCTAVO.- NOTIFÍQUESE. --------------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- ---ASÍ, DEFINITIVAMENTE juzgado lo resolvió y firma el C. JUEZ DÉCIMO SEGUNDO CIVIL LICENCIADO CARLOS MIGUEL JIMÉNEZ MORA, ante el C. Secretario de Acuerdos que da fe. ------------ --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------- --------
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